CDH Puebla señala caso de abuso de autoridad de la policía de Tecali de Herrera

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 20-07-2020

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 6/2020 dirigida al Presidente Municipal de Tecali de Herrera por vulnerar los derechos humanos a la legalidad, integridad y seguridad personal. 

Del análisis de las constancias y evidencias que integran el expediente 7026/2018, se contaron con elementos suficientes para acreditar que elementos de la Policía Municipal de Tecali de Herrera acudieron al llamado por un reporte vía telefónica, al llegar al lugar de los hechos, después de una persecución lograron el aseguramiento respectivo de las personas, sin embargo, a uno de ellos antes de ponerlo a disposición ante el Ministerio Público, lo golpearon causándole lesiones.

Dichos actos, presupone la falta de preparación en el desempeño y ejercicio de las funciones legalmente conferidas a los elementos de la Policía Municipal de Tecali Herrera, ya que no velaron por la integridad física de la persona asegurada.

Es importante mencionar que la CDH Puebla no se opone al aseguramiento o detención de personas cuando hayan cometido una infracción o delito aplicable por la legislación, tampoco se opone a las acciones de prevención, investigación y persecución de delitos para garantizar la seguridad pública y procurar justicia en el país; siempre y cuando los servidores públicos facultados lo realicen observando y respetando los derechos humanos y dichas acciones no transgredan estos derechos.

Ante tales hechos se constató con las evidencias presentadas, que la autoridad municipal vulneró los derechos humanos a la legalidad, integridad y seguridad personal, por lo que se procedió a recomendar lo siguiente:

I.  Se proporcione al peticionario, atención médica y psicológica para restablecer su integridad física y que permita su rehabilitación y la superación de las secuelas que fueron provocadas, así como se realice el pago de la reparación de daño sufrido en la integridad física y daño moral de la víctima, en términos de lo dispuesto por la Ley de Víctimas del Estado de Puebla.

II. Informe a la Contraloría Municipal de Tecali de Herrera, para que inicie el procedimiento de investigación de responsabilidad administrativa en contra de los elementos de la Policía Municipal de Tecali de Herrera que intervinieron en los hechos.

III. Instruya para que se colabore con la Fiscalía General del Estado en la denuncia e integración de la carpeta de investigación relativa a los hechos y que en su caso pudieran ser constitutivos de delito, aportando toda prueba con la que cuente que ayude a esclarecer los hechos.

IV. Emita una circular a través de la cual reitere la instrucción a los elementos de la Policía Municipal de Tecali de Herrera para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico mexicano, así como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano y se abstengan de realizar actos que atenten contra de la seguridad jurídica, integridad y seguridad personal de las personas. 

V. Brinde a los elementos de la Policía Municipal de Tecali de Herrera capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos tanto en la legislación local, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica, integridad y seguridad personal, incluso en el uso racional de la fuerza con el fin de evitar que actos como los señalados se repitan. 

Cada punto recomendatorio debe ser justificado por la autoridad señalada, debiendo informar del cumplimiento ante este organismo autónomo.

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