TEEP sanciona a Soraya Córdova por campaña anticipada; Claudia Rivera, exonerada

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 08-07-2021

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó amonestar a la ex candidata a diputada local y antorchista Soraya Córdova Morán, al considerar que incurrió en actos anticipados de campaña. En tanto fue exonerada Claudia Rivera Vivanco, quien aspiraba a la reelección en la presidencia municipal.

Aquí la resolución:

TEEP-AE-014/2021

Interpuesto por Gabriel Mariano Pulido González en el que por su propio derecho, denuncia a las ciudadanas Claudia Rivera Vivanco en su carácter de presidenta del ayuntamiento de Puebla y Soraya Córdova Morán en su carácter de precandidata del PRI a la diputación por el distrito 20 en Puebla, así como a la organización ciudadana denominada “Movimiento Antorchista Poblano”. Derivado del estudio, se advierte que de los hechos que se denuncian, en cuanto a la ciudadana Claudia Rivera Vivanco, diversos han sido materia de estudio por este tribunal, en otros expedientes ya resueltos, de ahí que opera la cosa juzgada respecto a los mismos. En cuanto al video denunciado donde aparece la ciudadana Claudia Rivera Vivanco, el material probatorio es insuficiente para tener por demostrado el uso de recursos públicos, además de que no es atribuible a la denunciada la difusión de las publicaciones en redes sociales.

Por lo que hace a la ciudadana Soraya Córdova Morán, para el momento en el que se difundieron los mensajes, la ciudadana ya había anunciado su pre candidatura, además de que existe un llamado expreso al rechazo por la opción política Morena, así como menciones de la plataforma electoral y la solicitud de apoyo para el movimiento antorchista, mismo que es un hecho público y notorio que la denunciada representa y lidera a nivel estatal. Por otra parte, si bien la organización ciudadana “Movimiento Antorchista Poblano” tuvo la intención de constituirse como partido político, su solicitud fue negada el año próximo pasado, por lo que al no acreditarse el propósito de conformación, se estima inexistente la infracción denunciada. En consecuencia, el Pleno del Tribunal resolvió:

PRIMERO. Se declara la inexistencia de las infracciones imputadas a la ciudadana Claudia Rivera Vivanco.

SEGUNDO. Se declara la existencia de la infracción consistente en actos anticipados campaña, atribuibles a Soraya Córdova Morán en los términos precisados en la ejecutoria.

TERCERO. Se amonesta a la ciudadana Soraya Córdova Morán por las infracciones consistentes en actos anticipados de campaña. Para una mayor publicidad de la amonestación pública que se impone, se instruye su publicación en el catálogo de sujetos sancionados en los procedimientos especiales sancionadores del índice de este Tribunal.

CUARTO. Es inexistente la conducta infractora atribuible al Movimiento Antorchista Poblano.

 

 

 

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