SCJN avaló reforma electoral de Puebla que elimina al “gran perdedor”

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 10-11-2020

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la validez de la reforma que eliminó la figura de primera minoría, así como la que regula los bloques de competitividad electoral, aprobadas en julio por el Congreso de Puebla.

En la sesión de este martes 10 de noviembre, los ministros confirmaron la validez de la reforma al artículo 35 de la Constitución de Puebla que eliminó la figura de diputado “gran perdedor” o primera minoría, fórmula con la que los partidos accedían a una posición en el Poder Legislativo con el candidato que haya obtenido más votos pero que haya perdido en la contienda electoral.

Esto al resolver la acción de inconstitucionalidad 245/2020 promovida por el Partido del Trabajo (PT), en contra de la reforma impulsada por Morena y aprobada en julio por el Congreso, con el fin de que las nuevas disposiciones apliquen a partir del proceso electoral local que comenzó el 3 de noviembre.

Asimismo, se confirmó la validez de la adición a los artículos 215 Bis y 215 Ter al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado refutada por Movimiento Ciudadano, que regulan los bloques de competitividad como un mecanismo a través del cual el Instituto Electoral del Estado verificará si los partidos cumplen con la paridad de género en la asignación de candidaturas.

Esta porción normativa señala que los bloques de competitividad servirán para que el IEE determine la votación alta, media y baja obtenida por cada partido en los distritos y municipios del estado, correspondiente al proceso electoral inmediato anterior, con el fin de identificar si los institutos políticos están postulando a mujeres en donde tienen un porcentaje de votación bajo.

Fuente: El Sol de Puebla

 

 

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