El Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría S.J. hace un llamado al Senado de la República a rechazar el Dictamen aprobado por la H. Cámara de Diputados que plantea realizar reformas constitucionales respecto de la Guardia Nacional y perpetuar la militarización de la seguridad pública.
El dictamen aprobado por la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados atenta contra la vigencia de los derechos humanos en México. El dictamen que pretende elevar a rango constitucional la gura de la Guardia Nacional de supuesto carácter civil, constituye una simulación que pretende legitimar una Guardia Nacional de carácter militar.
El dictamen añade la Guardia Nacional en el párrafo décimo del artículo 21 constitucional, armando que se inscribe dentro de las instituciones de seguridad pública (supuestamente para dar cumplimiento a los objetivos de la seguridad ciudadana); en el párrafo décimo noveno que se busca adicionar al mismo artículo (respecto a la naturaleza, atribuciones y estatuto constitucional de la Guardia Nacional), se dispone que ésta será una institución policial de carácter y dirección civil, no obstante, el dictamen establece que la Guardia Nacional tendrá un régimen interno homologado al de las Fuerzas Armadas en estructura jerárquica, disciplina y profesionalización:
“…el carácter civil de la Guardia Nacional, determinado con suciencia por los rasgos antes expuestos, tiene, sin embargo, una naturaleza especial que reside en diseño jurídico de su organización interna en la cual diversos aspectos son dependientes de la secretaría del ramo de la defensa nacional…”
“Por otro lado, la segunda parte del párrafo décimo segundo establece un régimen interno homologado al de las Fuerzas Armadas en las materias de estructura jerárquica, disciplina, régimen de servicios, ascensos, prestaciones, ingreso, profesionalización y cumplimiento de responsabilidades y tareas, mismo que corre a cargo de la secretaría del ramo de la Defensa…”
Lo anterior, permite observar que la Guardia Nacional de carácter civil, en realidad tendrá componentes militares, como lo es la organización castrense, principalmente en materia de disciplina o adiestramiento, dado que la misma está orientada a “abatir al enemigo”, lo que ha generado múltiples violaciones a los derechos humanos en el territorio mexicano. El Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Christof Heyns, en su visita a México, señaló que:
“El principal objetivo de un cuerpo militar es someter al enemigo valiéndose de la superioridad de su fuerza, mientras que el enfoque de derechos humanos, que debe ser el criterio para juzgar cualquier operación policial, se centra en la prevención, la detención, la investigación y el enjuiciamiento, y solo contempla el uso de la fuerza como último recurso, permitiendo el recurso a la fuerza letal únicamente para evitar la pérdida de vidas humanas”.
El dictamen aprobado evidencia la irresponsabilidad del Estado mexicano con sus obligaciones internacionales, pues de forma reiterada hace caso omiso, no sólo a la determinaciones del más alto tribunal de justicia en el país, la SCJN, quien en diciembre pasado se pronunció sobre el papel de las fuerzas militares en labores de seguridad pública, declarando inconstitucional la Ley de Seguridad Interior; sino también de las sentencias internacionales de carácter obligatorio, donde la Corte Interamericana de Derechos Humanos reiteró como regla general, que el mantenimiento del orden público interno y la seguridad ciudadana deben estar primariamente reservados a los cuerpos policiales civiles, y que cuando excepcionalmente intervengan en tareas de seguridad, la participación de las fuerzas armadas debe ser extraordinaria, subordinada y complementaria, regulada y scalizada, requisitos que se contraponen a la iniciativa de reforma constitucional que pretende legitimar una Guardia Nacional de carácter militar permanente.
Desde 1998, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos expresó su preocupación a México por que las fuerzas armadas intervinieran en funciones propias de la autoridad civil, expresando que eso responde a una confusión de los conceptos de seguridad pública y seguridad nacional y, le recomendó mantener a las fuerzas armadas en el rol para el que fueron creadas, de acuerdo a la legislación internacional y en especial al artículo 27 de la Convención Americana.
Por lo tanto, instamos al Senado de la República a:
UNICO. - No aprobar las reformas constitucionales que perpetuarán la militarización de la seguridad pública, acatando así, los criterios jurisprudenciales de carácter constitucional y convencional en la materia, el artículo primero constitucional y el cumplimiento de sus obligaciones en materia de derechos humanos.
Atentamente
Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría S.J.