Puebla, entre los estados sin atención a huérfanos por feminicidios

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 19-08-2019

En México solo 238 huérfanos por feminicidio reciben atención del Estado como víctimas de la violencia, aunque se reconoce que cada año, en la última década, hay por lo menos 3 mil niños y niñas cuya madre fue víctima de homicidio por odio.

Los 238 menores huérfanos están en 11 de las 32 entidades: Michoacán (96), San Luis Potosí (64), Morelos (31), Coahuila (13), Jalisco (10), Chihuahua (9), Durango (6), Yucatán (5), Querétaro (2), Oaxaca (1) y Veracruz (1). Son los únicos estados del país que reportaron atender a huérfanos por feminicidios.

Otros ocho estados —Baja California Sur, Guerrero, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tlaxcala— dijeron tener cero casos. El resto, no cuenta con información.

A nivel nacional, tampoco existe un registro. Apenas en julio pasado, el Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) anunció que realizará un censo para informar en 2020 del número exacto de niños y niñas huérfanos por este delito. Su cálculo inicial indica que, en los últimos ocho meses, fueron 3 mil 400 niños, y que esa es la tendencia anual, pero no hay una cifra oficial.

Animal Político solicitó a las Comisiones Estatales de Atención a Víctimas de la Violencia y a cada Sistema Integral para el Desarrollo de la Familia (DIF) en las entidades los registros de huérfanos víctimas de feminicidio, que han recibido atención desde 2012.

En ningún caso hay información desde ese año, pues los estados comenzaron a registrar los casos desde 2015. Reconocen que los niños y niñas que quedaron huérfanos por feminicidio antes de ese año no son ni serán atendidos como víctimas de la violencia.

En entrevista, Gail Aguilar, titular de la Unidad de Género de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), explicó que la inexistencia de una base de datos nacional y la disparidad de casos entre una entidad y otra, se debe a que no existe una ley que obligue a los estados a llevar un registro de niñas, niños y adolescentes huérfanos por feminicidio.

Aunado a esto, Gail detalló que la Ley General de Víctimas, que ampara a estos menores bajo la figura de víctimas indirectas, es una ley en materia concurrente. Esto significa que cada entidad tiene la facultad de establecer sus reglas de aplicación, decidir cómo trabajarán sus comisiones y realizar los registros que crean pertinentes.

“Básicamente, cada entidad federativa va marcando sus ámbitos de competencia de acuerdo a su legislación, y es por eso que cada órgano estatal tiene una forma distinta de llevar a cabo este registro”, añadió Gail.

Fuente: Animal Político

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