Por deficiente operación de vesícula, CNDH emite recomendación a IMSS Puebla

Por  Staff Puebla On Line / Foto Archivo: Agencia Enfoque | Publicado el 04-05-2023

Por vulnerar los derechos humanos a la protección de la salud y al acceso a la información en materia de salud en agravio de una víctima, atendida en el Hospital General de Zona número 15 (HGZ-15) y en la Unidad Médica de Alta Especialidad Hospital de Especialidades Centro Médico Nacional “Manuel Ávila Camacho”, ambos en el estado de Puebla, la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 44/2023 al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La queja del caso fue presentada en primera instancia en la Comisión de Derechos Humanos de Puebla, el pasado 17 de noviembre de 2022, autoridad que por razones de competencia turnó dicho expediente a este organismo nacional. En el documento se precisa que una nota periodística del 22 de septiembre del mismo año, publicada en un periódico local de Puebla, narra que, ante las negligencias cometidas en la atención médica de la víctima, específicamente en una operación de vesícula, amigos y familiares se vieron en la necesidad de bloquear vialidades para exigir que la institución médica proporcionara la atención médica especializada que el paciente requería.

La Comisión Nacional abrió un expediente para investigar el caso y acreditó que, el 8 de septiembre de 2022, personal médico del HGZ-15 del IMSS incurrió en omisiones en la atención médica brindada a la víctima, al no realizar una adecuada exploración completa de la vesícula del paciente, así como de las vías biliares, por lo que la primera operación de colecistectomía no fue exitosa. Además, se dio de alta prematura a la víctima, por lo que no se pudo dar seguimiento certero a las consecuencias postoperatorias, como el disminuir el riesgo de disrupción de la vía biliar. Asimismo, en posteriores revisiones, la víctima fue atendida por un médico residente de primer año.

De igual forma, la CNDH pudo saber que, el 18 de septiembre de 2022, la víctima reingresó al HGZ-15 por ictericia generalizada, hipotensión y signos vitales alterados. No obstante, no fue bien atendido, por lo que fue necesario que lo intervinieran nuevamente en el Hospital de Especialidades, donde hasta la fecha de emisión de la Recomendación continúa en tratamiento para recuperar su salud, y en el que mejora considerablemente, pese a que en este hospital también incurrieron en una mala integración del expediente médico.

La Comisión Nacional pudo acreditar las violaciones al derecho a la protección de la salud y al acceso a la información en materia de salud de la víctima, por lo que solicitó al IMSSS que inscriba a la víctima en el Registro Nacional en la materia y proceda a la inmediata reparación integral del daño causado; que instruya realizar un examen médico a la víctima para valorar el estado físico en que se encuentra actualmente y constatar o descartar el daño causado como consecuencia de las omisiones cometidas por el personal médico para, así, saber si existen secuelas en su integridad, para que se le otorgue el tratamiento que requiera hasta su completa rehabilitación, además de la atención psicológica que requiera.

Asimismo, el IMSS deberá colaborar en el trámite de la denuncia administrativa que presente la CNDH en contra de cinco personas servidoras públicas adscritas al HGZ-15 y una del Hospital de Especialidades por las omisiones precisadas en la presente Recomendación.

Finalmente, deberá impartirse un curso de capacitación en materia de derechos humanos sobre la protección a la salud, así como la debida observancia de las Normas Oficiales y las Guías de Prácticas Médicas al personal médico adscrito al servicio de Urgencias y Medicina Interna del HGZ-15, en particular a las personas servidoras públicas señaladas en la Recomendación, así como a la autoridad responsable del Hospital de Especialidades.

 

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