Entra en vigor Hoy no Circula en Puebla; aquí las reglas

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 29-11-2022

La Secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial publicó en el Periódico Oficial del Estado los lineamientos para la aplicación del programa Hoy no Circula en Puebla, en caso de que exista una contingencia ambiental, a partir del 1 de diciembre.

De acuerdo con el documento publicado el 28 de noviembre, se contempla la aplicación en 21 municipios que  comprenden la Zona Metropolitana del Valle de Puebla: 

1 San Andrés Cholula 
2 Domingo Arenas 
3 Tepatlaxco de Hidalgo 
4 Chiautzingo 
5 Acajete 
6 Puebla 
7 Coronango 
8 San Salvador el Verde 
9 Cuautlancingo 
10 San Pedro Cholula 
11 San Gregorio Atzompa
12 Huejotzingo
13 Tlaltenango
14 Amozoc
15 Ocoyucan
16 Juan C. Bonilla
17 San Felipe Teotlalcingo
18 San Miguel Xoxtla
19 Atlixco
20 San Martín Texmelucan
21 Santa Isabel Cholula

Las reglas de este programa establecen que los vehículos que no emitan contaminantes derivados de la combustión, y obtengan el holograma “Exento”, quedarán libres de todas las modalidades y restricciones establecidas.

Asimismo quedarán libres de restricciones los vehículos que obtengan hologramas “00” y “0” y que sean unidades registradas en alguna de las entidades que forman parte de la Comisión Ambiental de la Megalópolis: Ciudad de México, Estado de México, Querétaro, Morelos, Tlaxcala, Hidalgo y desde luego Puebla.

En caso de que la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial declare dos días consecutivos de mala calidad del aire, serán aplicadas las siguientes restricciones de circulación:

Los vehículos cuyo holograma sean 1 y 2 y que la placa termine en 5 y 6, no podrán circular los lunes; mientras que los automóviles con terminación 7 y 8, no podrán hacerlo los martes; 3 y 4, los miércoles; 1 y 2, los jueves, y 9 y 0 los viernes. (Aplica sólo en la zona metropolitana de Puebla).

El Programa de Modalidades a la Circulación tiene otras consideraciones, como el Pase Turístico, cuya expedición será otorgada de manera gratuita a vehículos no mayores a 15 años de antigüedad. El trámite podrá realizarse a través de la página electrónica www.smadsot.puebla.gob.mx

Asimismo, este programa establece que será reconocida y válida la verificación de vehículos que son parte de la Comisión Ambiental de la Megalópolis, por lo que están exentos de pagar la testificación y la única restricción de circulación será cuando haya declaratoria de contingencia por contaminación ambiental.

En el grupo de unidades no pertenecientes a la Comisión que sí realizan verificación en sus entidades de origen -por ejemplo Guanajuato- deberán pagar la testificación, procedimiento bajo el cual se reconoce el cumplimiento de esa obligación ambiental.

Respecto a los estados del país donde no hay verificación obligatoria, tendrán que verificar voluntariamente en Puebla o tramitar Pase Turístico, de acuerdo a sus necesidades de movilidad y estancia. Para más informes, las personas interesadas pueden consultar las redes sociales de la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial o llamar al número de teléfono 222 273 68 00.

SANCIONES

Los vehículos y conductores de fuentes móviles o vehículos que circulen en la Zona Metropolitana del Valle de Puebla que infrinjan las medidas previstas en este Programa, se harán acreedores a una multa que podrá ir de 20 a 30 UMAS, sin perjuicio de que sean retirados de circulación y remitidos al depósito vehicular, en el que deberán permanecer hasta que se pague la multa correspondiente, y en el caso de los vehículos detenidos durante Contingencia Ambiental, también habrá que esperar a que la misma concluya.

Las sanciones interpuestas tienen por objeto el crear una sensibilización ambiental entre la ciudadanía, con la finalidad de que se comience a crear conciencia sobre la prevención y mejoramiento de la calidad ambiental.

EXENCIONES

Las medidas establecidas para las modalidades de la circulación vehicular en el presente Programa, no serán aplicables a los conductores de fuentes móviles o vehículos que se encuentren en los siguientes supuestos:

Cuenten y porten en lugar visible holograma “EXENTO”, “00” y “0”, obtenido como parte del proceso de verificación vehicular y en verificentro autorizado en el Estado de Puebla, entidades pertenecientes a la CAMe y demás entidades federativas con las que la SMADSOT suscriba convenios de homologación de verificación vehicular;

Cuenten con vehículos que utilicen fuentes de energías no contaminantes o que no emitan contaminantes derivados de la combustión (eléctricos, híbridos, de energía solar), debiendo contar con su respectivo holograma “EXENTO” y de ser el caso su testificación correspondiente;

Motocicletas;

Cuando los vehículos automotores sean destinados a prestar servicios de emergencia, médicos, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil y servicios urbanos;

Los vehículos que la SMADSOT determine a través del establecimiento de programas y convenios, mediante los cuales se reduzcan sus niveles de emisión;

Cuando los vehículos sean destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, siempre y cuando se encuentren prestando el servicio y cuenten con la autorización o permiso correspondiente otorgado por la Dirección de Gestión de Calidad del Aire;

Cuando los vehículos sean destinados a transportar o sean conducidos por personas con discapacidad, siempre que cuenten con las placas de matrícula de identificación respectiva o porten el documento, distintivo o autorización, que para tal efecto expida la autoridad competente;

Cuando los vehículos sean destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica;

Cuando los vehículos sean destinados al servicio público federal de transporte de pasajeros y cuenten con la autorización o documento expedido por la autoridad competente; y

Los vehículos de procedencia extranjera o los matriculados en entidades federativas distintas al Estado de Puebla que circulen portando un Pase Turístico vigente otorgado por la SMADSOT.

PASE TURÍSTICO

Es el documento gratuito expedido por la SMADSOT que se otorga a vehículos de uso particular no mayores a 15 años de antigüedad del extranjero o foráneos al Estado de Puebla.

Los vehículos que porten dicho documento permite exentar las modalidades a la circulación establecidas en el presente Programa, una vez por semestre con una vigencia de 14 días, 4 veces por semestre con una vigencia de 3 días (plazos no consecutivos) o dos veces por semestre con una vigencia de 5 días cada una (plazos no consecutivos), su tramitación y otorgamiento es completamente gratuito mediante el sitio oficial de la SMADSOT, las modalidades a la circulación durante las contingencias ambientales atmosféricas para los vehículos que lo porten, serán definidas en el programa y/o aviso correspondiente que en su caso dé a conocer la SMADSOT o la Comisión Ambiental de la Megalópolis.

Los requisitos necesarios para generar el pase turístico se encuentran estipulados en el sitio oficial de la SMADSOT.

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