El gobernador de Puebla, Miguel Barbosa, envió al Congreso una iniciativa para mitigar asentamientos irregulares y aumentar penas a funcionarios que los permitan.
En conferencia de prensa detalló que buena parte de las viviendas irregulares están en zonas de alto riesgo por deben responsabilizarse los servidores públicos que las han autorizados.
“tenemos que limitar y sancionar a quien mediante corrupción autorice la construcción en zonas de riesgo. Así es la iniciativa para generar figuras delictivas para sancionar estos casos”.
Aquí parte del documento recibido en el Poder Legislativo:
Reforma a la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla, ARTÍCULO 111: Están prohibidos los asentamientos humanos de cualquier índole, en los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones y zonas federales, así como en las zonas de riesgo donde exista la probabilidad de que se produzca un daño. Ninguna autoridad podrá otorgar licencias, factibilidades, permisos o cualquier otra autorización relativa a la fundación de asentamientos humanos en los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones e hidráulica, así como en las zonas de riesgo correspondientes a ríos y barrancas
Propuesta de Reforma al Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar de la siguiente manera:
ARTÍCULO 199 Ter.- Se aplicarán de cuatro a diez años de prisión y multa de ciento ochenta hasta quinientas Unidades de Medida y Actualización a quienes: 286
II.- Con el carácter de funcionarios Públicos realicen actos u omisiones para alentar, autorizar, aprobar, otorgar, conceder y/o permitir la fundación de asentamientos humanos irregulares y/o en los derechos de vía de infraestructura energética, comunicaciones o zonas de riesgo donde exista la probabilidad de que se produzca un daño por considerarse no aptas para vivienda por los Planes de Desarrollo Urbano respectivos.
ARTÍCULO 199 Quater.- La pena de prisión se incrementará hasta en una mitad más cuando las conductas previstas en la presente Sección se realicen sobre áreas naturales protegidas o de preservación ecológica, en zonas no consideradas aptas para vivienda o en las que exista la probabilidad de que se produzca un daño por considerarse no aptas para vivienda por los Planes de Desarrollo Urbano respectivos