CDH emite recomendación por policía que encañonó y disparó a civiles en Valsequillo

Por  Gerardo Cruz Castañeda | Publicado el 10-03-2022

Encubrimiento, omisión, abuso de autoridad y otros elementos similares se desprenden de la queja de un poblano en la Comisión de Derechos Humanos (CDH) de Puebla hacia personal de Seguridad Pública (SSP) y de la Fiscalía General del Estado (FGE), ante el proceso penal en contra de un integrante de la SSP señalado por amenazas y homicidio en grado de tentativa.

El caso ha generado una nueva Recomendación (03/2022) del organismo autónomo, donde destaca la solicitud a la FGE de determinar a la brevedad la carpeta de investigación que se encuentra abierta, luego de que el elemento en cuestión fue detenido por accionar un arma de fuego en estado de ebriedad en contra de una civil, pero puesto en libertad sin justificación alguna.

Los hechos ocurrieron en una fiesta celebrada en el Oasis la Laguna Valsequillo en agosto de 2020, donde el servidor público de la SSP, en estado de ebriedad, sacó su arma de fuego, encañonó en la cabeza a un comensal y, al pedirle que se retirara, amenazó a una mujer disparando en al menos dos ocasiones.

En la queja de quien fue encañonado, describe cómo fueron intimidados por elementos de Seguridad Pública del estado, los cuales llegaron a las instalaciones de la Secretaría de Seguridad Ciudadana cuando el agresor fue detenido por policías municipales.

Una vez que llegaron al Complejo Metropolitano de Seguridad del Estado, personal del Ministerio Público revictimizó a la mujer amenazada, pues fue obligada a describir los hechos junto a quien momentos antes le habría disparado. La descripción de los hechos sugiere que fue presionada para acordar un arreglo y el caso no escalara.

Según el documento, se tuvo conocimiento que la audiencia inicial se llevó a cabo el 11 de agosto de 2020, mediante el cual la juez de oralidad Penal Ejecución de la Región Judicial Centro calificó de ilegal la detención hecha por los elementos policiacos, sin que se hayan registrado más actuaciones para continuar con las investigaciones y tener elementos para solicitar una nueva orden de aprehensión.

Asimismo, la Dirección General de Asuntos Internos de la SSP determinó improcedente el procedimiento administrativo contra el sujeto agresor, al argumentar que ya no formaba parte de los cuerpos de seguridad pública porque causó baja de forma voluntaria el 15 de septiembre de 2020.

Ante estos elementos, la CDH recomendó a la SSP reparar el daño a las víctimas de forma integral y darles atención psicológica, se inicie el procedimiento administrativo contra quien determinó la improcedencia del expediente correspondiente al elemento señalado de amenazas.

A la FGE, el organismo ha pedido la celeridad de determinación de la carpeta de investigación abierta y tomar en cuenta los elementos que se hallan en la recomendación; además, colaborar ante los procedimientos e investigación administrativos por las responsabilidades en que pudiese haber incurrido la autoridad responsable y el personal que actuó de forma irregular en la referida carpeta. 

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