¡Más descanso! Estos son los puentes de abril y mayo

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 09-04-2023

Los días de descanso no terminan, pues se aproximan algunos días más de asueto en la primavera. Y es que a finales de abril y principios de mayo habrá puentes que podrán disfrutar los estudiantes de educación básica, se aproxima un fin de semana largo.

Es normal que algunas fechas conmemorativas provoquen confusión entre la gente, sobre todo, cuando se trata de los días de descanso obligatorio marcados de manera oficial en el calendario de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y también por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Y es que no todos los días de descanso o fines largos se presentan de la misma manera para estudiantes y trabajadores. Pero no te precupes, aquí te explicamos cómo aplicarán los puentes del 30 de abril, 1 y 5 de mayo.

El 30 de abril se celebra el Día del Niño. Sin embargo, en este 2023, tal día festivo caerá en domingo. Aun a pesar de ello, los estudiantes podrán disfrutar de un alegre fin de semana largo primaveral en este periodo, ya que el siguiente viernes 28 de abril se suspenderán las actividades en las aulas escolares con motivo de la Junta de Consejo Técnico Escolar y el Taller Intensivo para Docentes Nuevos Planes y Programas de Estudio.

En las llamadas sesiones del Consejo Técnico, los maestros destinan el día para realizar actividades que permitan alcanzar el máximo logro de los aprendizajes de todos los alumnos adscritos al nivel de educación básica. La buena noticia es que el puente se extenderá desde el 28 de abril al 1 de mayo, fecha establecida como descanso obligatorio para alumnos y docentes, según el calendario oficial de la SEP.

Por otra parte, la SEP también contabiliza el 5 de mayo como suspensión de actividades. De tal modo que en esta fecha se presentará el segundo fin de semana largo del mes para estudiantes. 

En el caso de los trabajadores, el único día de descanso obligatorio en mayo corresponde al 1°, es decir, el Día del Trabajo. Si por alguna razón el patrón o la empresa solicita a los trabajadores asistir el 1 de mayo, se deberá pagar al doble la jornada laboral, esto de acuerdo con la LFT. En cambio, el 5 de mayo, o bien, el día de la Conmemoración por la Batalla de Puebla, se considera un día festivo no oficial. Por lo tanto, la suspensión de actividades dependerá del centro de trabajo.

Fuente: quinto poder

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