El PAN definió este martes a los tres árbitros que conducirán el proceso interno de selección de su candidato o candidata a la gubernatura en la elección extraordinaria. El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) evitó riesgos y echó mano de panistas de cepa, dos hombres y una mujer, con conocimientos suficientes en la materia. Mientras tanto, MORENA finalmente publicó la convocatoria para su abanderado o abanderada a Casa Puebla, con la prohibición estricta de guerra negra, que ha abundado en la pre-contienda interna, y, aunque confirma que la encuesta será el método de definición, también dejó una puerta trasera para la salida por designación directa.
En lo que respecta al Partido Acción Nacional (PAN), los árbitros de la interna, para la que no se han dado a conocer aún las fechas, son:
Óscar Pérez Córdoba Amador, comisionado presidente, y Mayra Isabel Ramírez Escamilla y Félix Hernández Hernández, comisionados.
La Comisión Organizadora Electoral del CEN se fue a la segura para designar esta Comisión Organizadora Electoral Estatal de Puebla.
El primero, Pérez Córdoba Amador, fue representante de la coalición Por Puebla al Frente ante el Instituto Estatal Electoral (IEE), en el proceso constitucional.
Es abogado por la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla (BUAP) y tiene estudios en Ciencias de la Educación por la Universidad de Camagüey, Cuba.
Tiene una larguísima trayectoria que data de 2003, cuando fungió por primera vez como representante panista en casillas.
En tanto, Mayra Isabel Ramírez Escamilla fue regidora de Gobernación en el Ayuntamiento 2014-2018 de Cuautlancingo.
Y Félix Hernández Hernández fue coordinador de los regidores panistas en el Ayuntamiento de Puebla capital en la administración que comenzó con Tony Gali y fue también secretario de Fortalecimiento Interno del PAN estatal.
Ellos y ella conducirán el proceso para el que hoy solamente hay especulación sobre quiénes participarán.
En el documento que emitió la tarde de este lunes el CEN, se especifica también que aún deberá definirse el método.
Las posibilidades, como marcan los estatutos panistas, son tres: votación de militantes, elección abierta o designación.
Ya los réferis están en la cancha.
¿Y los contrincantes cuándo?
¿Sigue sin haber un valiente que enfrente al aparato y la maquinaria de Morena y sus aliados?
MORENA, MORDAZA Y LA PUERTA TRASERA AL DEDAZO
También el Movimiento Regeneración Nacional (MORENA) publicó su esperadísima convocatoria, una semana después de lo previsto.
En ella se confirma que, para el caso de la elección extraordinaria a la gubernatura, la definición se dará con base en una encuesta.
Ésta comenzará a levantarse el 3 de marzo y sus resultados deben presentarse antes del 15 del mismo mes.
Entre las obligaciones, restricciones y requisitos que marca el documento que emitió el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) destaca la prohibición estricta de ataques entre precandidatos y de ellos al partido y/o sus dirigentes.
“Queda estrictamente prohibido que los/as aspirantes realicen acusaciones públicas contra el partido, sus órganos de Dirección u otros aspirantes o protagonistas, o cometan actos de violencia física o moral contra otros miembros o el patrimonio del partido”.
La sanción es tajante: la pérdida del registro.
“La falta a esta disposición será sancionada con la cancelación del registro de la precandidatura correspondiente”.
Una suerte de mordaza, en lo que respecta a descalificaciones, pero sólo para los aspirantes.
Así que no hay que extrañarse si sus seguidores continúan con la batalla que, por momentos, se ha tornado de lodo y hiel.
Asimismo, vale la pena reparar en el requisito que llevaría a la realización obligatoria de la encuesta y quién lo determinará.
La convocatoria establece que la Asamblea Electoral Estatal, para el tema del candidato a gobernador o gobernadora, se realizará el 3 de marzo.
De ahí saldrán las propuestas de precandidatos.
Sin embargo, no necesariamente esas propuestas luego son aprobadas y se les otorga el registro formal.
“La Comisión Nacional de Elecciones informará, respectivamente, a la Asamblea Estatal Electoral y a las Asambleas Municipales Electorales (en el caso de las cinco elecciones municipales), cuales (sic) solicitudes de registro de aspirantes a Gobernador/a, Presidentes/as y Síndicos/as, respectivamente, fueron aprobadas para someterse a votación de la Asamblea, solo en caso de que rebasen las cuatro solicitudes; para elegir los que se someterán a estudios, sondeos de opinión y/o encuesta. En caso de que la Comisión Nacional de Elecciones sólo apruebe un registro, esta propuesta se considerará única y definitiva”.
Aquí se deben observar dos detalles.
1.- Se reafirma el planteamiento estatutario de que solamente 3 propuestas puede realizar la Asamblea Estatal, pues dos son facultad del CEN, para llegar a un total de hasta cinco.
2.- Que aunque se plantean “estudios, sondeos de opinión y/o encuesta” para definir al abanderado o abanderada, prevalece una salida para designación directa.
Esto, “en caso de que la Comisión Nacional de Elecciones sólo apruebe un registro, esta propuesta se considerará única y definitiva”.
En los detalles, en la letra chiquita, es en donde siempre está la esencia.
La carnita, se dice en el gremio reporteril.