El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado decidió multar con 36 mil pesos al partido Morena en Puebla por no cumplir con sus obligaciones de transparencia.
Respecto a las resoluciones dictadas en los recursos de revisión 86/PRESIDENCIA MPAL PUEBLA-04/2018 y 125/SOAPAP-03/2018, el Pleno determinó declarar su cumplimiento, mientras que en el expediente 96/PARTIDO MORENA-01/2018 se concluyó su incumplimiento, ordenando notificar al Presidente del Partido para que en un plazo no mayor a cinco días hábiles cumpla con la resolución, además de apercibir al titular de la Unidad de Transparencia que de no hacerlo se harán acreedores a la imposición de una medida de apremio o sanción de conformidad con la Ley en la materia.
En el marco de la 14ª Sesión Ordinaria del Pleno del Instituto se aprobaron tres acuerdos con el propósito que los sujetos obligados cumplan con la actualización y publicación de sus obligaciones de transparencia, antes de finalizar su periodo.
En este sentido, los comisionados aprobaron el acuerdo para que los actuales titulares de los Ayuntamientos que concluyen su periodo electivo el día 14 de octubre del presente, realicen las gestiones necesarias para que, por única ocasión dentro de los primeros 14 días naturales del mes de octubre, publiquen y actualicen la información correspondiente a las obligaciones de transparencia al 30 de septiembre del 2018.
De igual forma, se aprobó el acuerdo para que el Presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del H. Congreso del Estado realice las gestiones necesarias para que por única ocasión dentro de los primeros 14 días naturales del mes de septiembre del presente, publiquen y actualicen la información correspondiente a las obligaciones de transparencia al 31 de agosto de 2018.
El Pleno también acordó que el actual titular del Poder Ejecutivo, así como los titulares de sus Dependencias y Entidades, realicen las gestiones necesarias para que por única ocasión, dentro de los primeros 14 días naturales del mes de diciembre del presente, publiquen y actualicen la información correspondiente a las obligaciones de transparencia, al 30 de noviembre del 2018.
En esta misma sesión, se resolvieron dos recursos de revisión; el primero fue el 134/FGE-06/2018 y su acumulado, dentro del cual se pidió a la Fiscalía General del Estado (FGE) varios aspectos de intervenciones de comunicaciones, localización geográfica en tiempo real y acceso a datos conservados que señala el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Al respecto de este recurso el Pleno determinó revocar parcialmente el acto impugnado para efecto de que la FGE entregue la información respecto a la estadística requerida, así como las versiones públicas sobre las solicitudes que realiza la autoridad responsable con las concesionarias de telecomunicaciones, autorizadas o proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, previo pago. Con respecto a los nombres de estos últimos, al ser susceptible que la misma puede encuadrar a una clasificación como reservada, deberá pasar por su Comité de Transparencia para que ésta analice si se encuentra actualizada alguna causal de clasificación señalada en la Ley de la Materia en el Estado.
De igual forma en el expediente 174/HTSJE-04/2018, el Pleno determinó revocar parcialmente la respuesta del Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, por lo que deberá entregar al solicitante, previo pago de los costos de reproducción, versiones públicas de los documentos en los que obra información sobre el salario y contratación de un funcionario público, en copias certificadas.
Respecto a las resoluciones dictadas en los recursos de revisión 86/PRESIDENCIA MPAL PUEBLA-04/2018 y 125/SOAPAP-03/2018, el Pleno determinó declarar su cumplimiento, mientras que en el expediente 96/PARTIDO MORENA-01/2018 se concluyó su incumplimiento, ordenando notificar al Presidente del Partido para que en un plazo no mayor a cinco días hábiles cumpla con la resolución, además de apercibir al titular de la Unidad de Transparencia que de no hacerlo se harán acreedores a la imposición de una medida de apremio o sanción de conformidad con la Ley en la materia.
Cabe destacar que los comisionados determinaron aprobar la Tabla de Aplicabilidad de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción, así como la baja del Padrón de Sujetos Obligados del Fondo de Pavimentación y Desarrollo Municipal (FOPADEM) y del Fondo de Infraestructura Deportiva Municipal, en virtud de que el H. Ayuntamiento de San Martín Texmelucan mediante oficio hizo del conocimiento que dichos fondos cumplieron su objetivo y vigencia en el ejercicio Fiscal 2015.