El Congreso de Puebla aprobó penas de hasta 2 años de cárcel por hostigamiento laboral o sexual y un mes por acoso sexual en espacios públicos y privados, castigos que podrán aumentar cuando las víctimas sean mujeres y la agresión altere su vida.
Por mayoría de votos los diputados avalaron reformar el Código Penal, la Ley Orgánica Municipal y la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, tras la serie de recomendaciones que hizo la Conavim al gobierno del estado para no declarar la alerta de género.
Por hostigamiento laboral o sexual se impondrán multas de 300 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) –es decir de 24 mil 180 pesos a 40 mil 300– o de 6 meses a 2 años de cárcel, mientras que por acoso sexual las sanciones serán de 50 a 300 UMA -–4 mil 30 a 24 mil 180 pesos–- o de un mes de prisión, dependiendo de la gravedad de la agresión.
Lo anterior aplicará sin importar el género de las víctimas, pero cuando se trate de una mujer y la agresión haya afectado su integridad física o su vida laboral o doméstica, la pena máxima por hostigamiento aumentaría dos terceras partes, para ser de hasta tres años y cuatro meses de cárcel, mientras que por acoso sería de hasta un año.