Excélsior informa que el lunes llegaron al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) dos extranjeros de origen Sirio para internarse en territorio mexicano bajo dos condiciones, una por oferta de empleo y la otra por invitación de una universidad para estudiar un posgrado.
En el caso del primer sirio con invitación a estudiar un posgrado en la universidad de Veracruz, la casa de estudios en mención confirmó a la autoridad migratoria dicha petición por lo que se le permitió el ingreso al territorio mexicano.
Respecto al segundo extranjero de origen sirio, la autoridad migratoria determinó no conceder la internación inmediata, toda vez que en entrevistas el extranjero proporcionó información insuficiente y con inconsistencias, al presentar una oferta de empleo de una empresa inexistente y cerró, al declararse en quiebra.
De acuerdo al artículo 43 de la Ley de Migración, en su Fracción II y III, en la cual se especifica la posibilidad de negar la internación a quienes no cumplan los requisitos de ley para ingresar al país de manera regular o se dude de la autenticidad de los documentos o elementos aportados, se resolvió llevar a cabo una revisión exhaustiva, hasta que el extranjero comprobara que reunía las condiciones necesarias para vivir en el país.
Por ello, el Instituto Nacional de migración, otorgó el ingreso a territorio mexicano por vínculo familiar, al extranjero Sirio, al comprobarse que cuenta con familiares viviendo en el Distrito Federal, ya que no pudo acreditar la oferta de empleo.
En ambos casos, el Instituto Nacional de Migración dio parte a la Comisión Nacional de Derechos Humanos para que pueda verificar que el extranjero ha recibido un trato digno y que no se encuentra incomunicado.
El INM mantiene una estrecha vigilancia a través de cámaras de circuito cerrado para verificar que las normas migratorias que marca la ley, sean aplicadas en estricto apego a los derechos humanos y respetando en todo momento dignidad de las personas.
Fuente: http://www.excelsior.com.mx/nacional/2015/12/08/1062175