Senadores proponen regular uso terapéutico y lúdico de la marihuana

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 05-11-2015

 

Milenio informa que senadores de izquierda presentaron una iniciativa de reformas a la Ley General de Salud para regular el uso terapéutico y lúdico de la mariguana, THC y canabinoides, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación amparó ayer a cuatro ciudadanos para consumir esa droga.

La iniciativa presentada por Mario Delgado, con la firma de siete senadores más, propone modificar el artículo 103 para definir que "en caso de que una persona enferma haya agotado todas los recursos médicos autorizados por esta ley y las autoridades sanitarias y de salud, tiene derecho a recurrir, con la prescripción y acompañamiento médico respectivo, a tratamientos y recursos terapéuticos en fase de investigación".

Plantea que en esos casos se pueda acceder a aquellos tratamientos basados en las sustancias a que se refiere el artículo 234 y las fracciones de la III a la V de artículo 245, con las salvedades del artículo 237, de esta ley cuando exista posibilidad fundada de salvar la vida, restablecer la salud o disminuir el sufrimiento del paciente, siempre que los beneficios potenciales sean mayores que los riegos y sin perjuicio de cumplir con los demás requisitos que determine esta ley y otras disposiciones aplicables.

Para garantizar este derecho las autoridades sanitarias estarán habilitadas para la realización de los actos administrativos a que haya lugar.

"Se considera posibilidad fundada cuando existen estudios médicos realizados por instituciones académicas, laboratorios farmacéuticos o instituciones de salud en el territorio nacional o el extranjero en que se muestren indicios positivos en padecimientos similares a los del paciente que se trate", dice la iniciativa.

Asimismo, en el artículo 235 se sostiene que la reforma se funda en el ejercicio, respeto, promoción y protección de los derechos humanos.

De acuerdo a la iniciativa del PRD, las modificaciones a esta reforma sólo podrán aplicarse con fines médicos, terapéuticos y científicos y requerirán autorización de la Secretaría de Salud.

Para el caso de la Cannabis sativa, índica y americana o mariguana, su resina, preparados y semillas, se otorgará autorización para la realización de los actos a que se refiere este artículo con fines lúdicos, a excepción de los relacionados con el comercio.

La autorización se otorgará a personas en lo individual o por medio de organizaciones en términos de las leyes respectivas, sin otro requisito que el de la mayoría de edad del solicitante o, en su caso, de los integrantes de la organización.

Para el caso del Tetrahidrocannabinol, los isómeros: ?6 (10 ) ?6 (7) ?7 ?8 ?9 ?10 ?9 (11) y sus variantes estereoquímicas, se otorgará autorización para la realización de los actos a que se refiere este artículo con fines lúdicos, a excepción de los relacionados con el comercio.

Fuente: http://www.milenio.com/politica/PRD_iniciativa_mariguana-legalizacion_mariguana_Mexico-Mario_Delgado_mariguana_0_622737932.html

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