Reelección, andamos de estreno
Lesly Mellado May
La figura de la reelección consecutiva que se aplicará por primera vez en el proceso electoral de este 2021 en Puebla avanza en medio de tropiezos pues no hay reglas claras en la legislación federal y estatal, lo que deja vacíos que son bien aprovechados.
La última decisión que se presenta es la de la sala regional Ciudad de México del TEPJF: los alcaldes y diputados que busquen la reelección pueden ejercer el cargo y hacer campaña al mismo tiempo. El fundamento del tribunal es que no hay una instrucción expresa en la Constitución local que les exija solicitar licencia.
Hacer campaña electoral ejerciendo un cargo de elección popular es una práctica en varios países; pero en México causa reticencia aunque en los hechos ha sucedido en casi todo el siglo XX y lo que llevamos del XXI.
La decisión de la sala regional no fue unánime, el magistrado Héctor Romero Bolaños expuso que el Instituto Electoral del Estado de Puebla sí tiene fundamento para ordenar a los candidatos a reelección separarse del cargo, tal y como lo hizo en reglamento que fue impugnado.
Considera que permitir la figura funcionario-candidato para la reelección deja en desventaja a los que hoy buscan participar para un cargo distinto al que ya ostentan. Los diputados que quieren ser alcaldes deben solicitar licencia, así como los presidentes municipales que buscan alguna curul, porque lo mandata la Constitución.
El artículo 37 párrafo segundo de la Constitución local, establece que, para ser diputado o diputada propietario o suplente, los funcionarios públicos deberán separarse de su cargo noventa días antes de la elección.
El artículo 49 de la Ley Orgánica Municipal, establece que no pueden ser electos en la presidencia municipal, regidurías o sindicaturas, los servidores públicos municipales, estatales o federales a menos que se separen de su cargo noventa días antes de la jornada electoral.
El magistrado señala: “No se advierte que hagan distinción entre quienes aspiran por primera vez a un cargo (pero ostentan uno diverso) de aquellos que pretenden la elección consecutiva. En esta lógica surgen los siguientes cuestionamientos ¿cómo justificar que un representante popular que aspira a reelegirse no tenga obligación de separarse del cargo, cuando esto sí se exige a otras servidoras y servidores públicos que pretendan participar en la misma elección? Aún en el supuesto de que el representante popular a reelegirse no hiciera un uso indebido del cargo a lo largo de la contienda electoral, ¿cómo justificar a la luz de la equidad que a unos contendientes se les exija dicho requisito de elegibilidad y a otros no?”.
Se trata, dice Romero, de un atentado a dos principios rectores de toda elección: igualdad y equidad.
Si bien no era legal, en los hechos por décadas vimos a alcaldes, diputados, gobernadores, senadores y hasta rectores usar deliberadamente sus cargos para ganar las elecciones. Dejaban a algún encargado de despacho que se limitaba a cumplir órdenes mientras ellos se dedicaban a “buscar” el voto.
Hoy que por primera vez podríamos ver a funcionarios-candidatos avalados por la ley ¿habrá un resultado electoral diferente?