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Se duplican asesorías a víctimas de violencia vicaria en Puebla

Se duplican asesorías a víctimas de violencia vicaria en Puebla

Se duplican asesorías a víctimas de violencia vicaria en Puebla

De enero a agosto de este 2024, la Secretaría de Igualdad Sustantiva de Género del Municipio de Puebla dio asesoramiento jurídico a 12 mujeres que solicitaron ayuda por violencia vicaria, el doble de casos atendidos de enero a agosto pero del año pasado cuando fueron solo seis.

El 26 de octubre la diputada local de MC en Puebla, Fedrha Isabel Suriano Corrales, presentó una iniciativa de reforma a la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Civil y al Código Penal, para armonizar el marco normativo respecto a la tipificación de la violencia vicaria con hasta 10 años de cárcel.

El gobierno municipal por medio de una solicitud de acceso a la información dio a conocer que de enero a agosto de este año se dieron un total de 298 asesoramientos jurídicos, es decir, que se brindó atención a mujeres que solicitaron ayuda para proceder legalmente por algún tipo de delito.

En los primeros ocho meses de este año, en el caso de violencia vicaria se dieron 12 atenciones, siendo el sexto delito con más solicitudes por parte de las personas que acudieron a la dependencia; fue en julio cuando más casos se dieron con cinco del total.

De los 298 asesoramientos, 69 fueron por ayuda con la pensión alimenticia, seguido de 65 casos de violencia familiar, mientras que se dieron 50 atenciones por guardia y custodia de menores, 37 acudieron a pedir ayuda con su divorcio y 34 por haber sido víctimas de amenazas, siendo los más comunes.

La dependencia indicó que a pesar de que ellos dan la información suficiente para que las mujeres puedan acudir a las instancias correspondientes a presentar su denuncia, desconocen cuantas de ellas realizaron todo el procedimiento correspondiente.

De acuerdo con el Periódico Oficial del Estado, se entiende como violencia vicaria “todo acto u omisión intencional, con el objeto de causar daño a la víctima a través del perjuicio, maltrato, descuido y/o manipulación de las hijas y los hijos; así como el daño o menoscabo del vínculo filial con la víctima”.

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