La Secretaría de Gobernación (SEGOB), mediante la Dirección General del Registro Civil del Estado, informa que, a partir de este año, las parejas casadas legalmente en la entidad podrán hacer el cambio de régimen patrimonial en su matrimonio de manera ágil, en un lapso no mayor de 72 horas.
Con esto, las personas que inicialmente hayan celebrado su matrimonio por el régimen de “Separación de bienes”, quienes así lo requieren, pueden efectuar la modificación de su esquema a “Sociedad conyugal”, derivado a que el artículo 28 de la Ley de Ingresos del Estado de Puebla, correspondiente al ejercicio 2024 y que entró en vigor a partir del primero de enero, ya contempla este servicio que se brinda en las oficinas del Registro Civil.
Para solicitar dicho procedimiento, las parejas deberán acudir al mismo Juzgado donde se llevó a cabo originalmente el registro de matrimonio y presentar la documentación que puede ser consultada en www.ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, así como el pago de derechos (300 pesos) en las cajas de la Secretaría de Finanzas.
Anteriormente este servicio sólo podía obtenerse mediante la intervención de un Notario Público o a través de un procedimiento judicial, lo cual, además de representar un largo tiempo de espera, tenía costos económicos elevados.
De esta forma, el Gobierno del Estado, que encabeza Sergio Salomón, desarrolla políticas públicas que promueven la certeza jurídica, procuran la economía de las familias poblanas e incrementan la oferta de servicios administrativos eficientes.