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TEPJF resta diputaciones plurinominales a Morena en el Congreso de Puebla

Aspecto del Congreso Estatal

Aspecto del Congreso Estatal

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación enmendó la plana al Tribunal Electoral del Estado y realizó una nueva distribución de diputaciones plurinominales.

De tal forma que ahora las curules se repartieron así:

PAN: 6

PRI: 2

MC: 3

Morena: 4

PVEM: 0

Cabe señalar que el TEEP había asignado 7 diputaciones plurinominales a Morena restando curules a PAN, PRI y MC, en una resolución del 31 de agosto. Decisión que fue enmendada por el TEPJF.

Por unanimidad, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) y, en plenitud de jurisdicción, modificó el acuerdo del instituto local (IEEP) de asignación de las diputaciones de representación proporcional (RP) al Congreso del Estado de Puebla.

Al resolver el juicio SCM-JRC-220/2024 y acumulados, el pleno sostuvo que el TEEP no realizó un análisis integral de los motivos de controversia planteados contra el acuerdo del IEEP, ya que no se pronunció acerca de cuál era la votación que se debía utilizar para las asignaciones de diputaciones de RP.

Por tanto, el pleno -en plenitud de jurisdicción- analizó la fórmula de asignación de diputaciones de RP por el instituto local, concluyendo que al momento de establecer la votación válida efectiva no contabilizó la votación que respalda los escaños de mayoría relativa que obtuvieron Nueva Alianza Puebla (NAP) y Fuerza por México Puebla (FXMP) aún y cuando no hubieran obtenido el porcentaje mínimo de 3% de votación, en atención al criterio de la tesis XXIII/2016.

En ese sentido, la Sala Regional desarrolló la fórmula de asignación, verificando los límites a la sobre y subrepresentación de cada una de las fuerzas políticas -partidos y coaliciones- conforme al Código local garantizándose la paridad de género en el Congreso al quedar integrado por 23 mujeres y 18 hombres.

En consecuencia, la Sala Regional revocó la resolución impugnada y modificó el acuerdo del instituto local, en los términos precisados en la sentencia.

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