El Tribunal Electoral del Estado de Puebla ordenó al Instituto Electoral del Estado redistribuir las diputaciones plurinominales, decisión que dará tres curules más al partido Morena.

Luego de que el PAN y el PVEM impugnaron el reparto de curules de representación proporcional, el TEE le dio revés a la oposición asignando más al partido guinda y restando al blanquiazul, el PRI y Movimiento Ciudadano.

Se prevé que el IEE enmendará la distribución quitando diputados plurinominales en el Congreso de Puebla, así:

PAN: Mar y Cielo Aldana

PRI: Lázaro Jiménez

MC: Marco Antonio de los Santos

Estas curules serían para los representantes de Morena:

Jaime Aureoles

Ana Lilia Tepole

María Soledad Amieva

RESOLUCIÓN DEL TEEP

El TEEP difundió que en sesión de este sábado 31 de agosto pasó al pleno los expedientes:

TEEP-A-066/2024, TEEP-A-067/2024, TEEP-A-068/2024, TEEP-JDC-132/2024, TEEP-JDC-134/2024 Y TEEP-JDC-193/2024.

Promovidos por los Partidos Políticos Acción Nacional, Verde Ecologista de México, del Trabajo y por diversos candidatos a Diputados Locales por el Principio de Representación Proporcional para controvertir el acuerdo CG/AC-0070/2024 emitido por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, por el que se efectúa el cómputo final, la declaración de validez de la elección, la elegibilidad de las candidaturas y asignación a Diputaciones por el principio de Representación Proporcional.

La Magistrada Ponente propuso la acumulación de los Recursos de Apelación 67 y 68, así como los Juicios de la Ciudadanía 132, 134 y 193 al Recurso de Apelación 66 al ser este último el más antiguo y al advertirse que existe conexidad entre los medios de impugnación.

La Magistrada Ponente propuso declarar como INFUNDADO el agravio referente a la vulneración a lo estipulado en el artículo 315 fracciones I y II del Código Local, el cual señala que el Consejo General debe sesionar el domingo siguiente al de la elección, situación que si ocurrió ya que el acuerdo controvertido se emitió en la sesión del domingo 9 de junio, así, se resolvió:

Se acumularon los recursos de apelación y los juicios para la protección de los derechos político-electorales de ciudadanía identificados con las claves TEEP-A-067/2024, TEEP-A-068/2024, TEEP-JDC-132/2024, TEEP-JDC-134/2024 y TEEP-JDC-193/2024 al diverso TEEP-A-066/2024.

Se declararon INFUNDADOS, FUNDADO e INOPERANTE los agravios referidos por la parte actora y en consecuencia se modificó el acuerdo impugnado de conformidad a lo señalado en el considerando NOVENO del fallo y se le ordenó al Consejo General del Instituto que realice lo establecido en el considerando DÉCIMO de la sentencia.