406 sentenciados serían preliberados ante coronavirus en Puebla

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 20-05-2020

Ante la contingencia sanitaria por coronavirus, las autoridades estatales determinaron que 406 reos sentenciados podrían conseguir preliberación tomando en cuenta que cometieron delitos menores y que son población vulnerable al contagio por condición de edad y salud.

En conferencia de prensa se dio a conocer que se formó un Consejo Consultivo de Indulto, que tras un estudio determinó que de un conjunto de alrededor de 3 mil reclusos, 406 están en calidad de ser analizados para ser dejados en libertad.

De las 406 personas, 370 son hombres y 36 son mujeres. Las personas indígenas sentenciadas son 268, de ellas 253 son hombres y 15 mujeres; y 65 personas de la tercera edad de las cuales, 55 son hombres y 10 mujeres. Con enfermedades son 73, 62 hombres y 11 mujeres.

El secretario de Gobernación, David Méndez Márquez, y Patricia Olarte Córdoba, directora general de Defensoría Pública, explicaron que la preliberación llegaría bajo tres condiciones si la reparación del daño ya fue completada: el indulto, el perdón absoluto del delito cometido; la liberación condicionada, cuando la pena lleva un 50 por ciento de avance; así como el sustitutivo de pena, que aplicará para personas de la tercera edad con senilidad o "una enfermedad grave que ya no pueda tratarse en el centro de reinserción social".

En la presentación de preliberaciones anticipadas, Raúl González Schiaffini, de la Dirección de Ejecución de Medidas y Sanciones, puntualizó que entre las excepciones destacan tres delitos principales: Secuestro, Trata de personas y Delincuencia organizada.

Explicó que el imputado deberá someterse a un "análisis de riesgo" conformado por un equipo interdisciplinario, que integra las partes jurídica, psicóloga, criminóloga, de custodia y trabajo social. Lo anterior, para entrevistar al sentenciado, a la víctima, a los testigos que declararon en su contra, a familiares y también para "evaluar si existe un riesgo para la sociedad" con su liberación, siempre y cuando tampoco exista riesgo de vulnerabilidad para el primero.

Una vez completado este proceso, serán los "jueces de ejecución" quienes determinen si el sentenciado cumple con las condiciones adecuadas para ser liberado.

 

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