Aprueban 5 años de prisión a evasores de pensión alimentaria en Puebla

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 02-07-2021

La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado aprobó por unanimidad el Dictamen con Minuta de Decreto por el cual se adiciona el artículo 407 Bis al Código Penal del Estado de Puebla.

El objetivo del Dictamen es establecer el tipo penal de fraude familiar, para garantizar que la madre no sea la única persona que cargue con los gastos totales por la manutención de hijas o hijos ante una separación, explicó la diputada preopinante de la Iniciativa, Rocío García Olmedo.

Señaló que a través de las adiciones al Código Penal se evitará que se oculten los bienes del patrimonio familiar, los pongan a nombre de otras personas, cambien el nombre de las propiedades u oculten ingresos salariales, que evite que los cónyuges o concubinos se deslinden de las obligaciones de alimentos para sus hijas, hijos, protegiendo a las madres de familia.

En su intervención, la diputada Mónica Lara Chávez tras pronunciarse a favor del Dictamen realizó una propuesta reformatoria para que en el texto se establezca que este tipo penal no se limite a las relaciones matrimoniales y de concubinato, sino que se establezca que:

“En detrimento de la sociedad conyugal o patrimonio común generado durante el matrimonio, el concubinato o relaciones de hecho, oculte, transfiera o adquiera a nombre de terceros bienes, se le aplicara sanciones de uno a cinco años de prisión y multa de 100 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de la comisión del delito”.

A nivel nacional el delito de fraude familiar fue incluido en el Código Penal desde el 14 de junio de 2012 y en las entidades del Estado de México, Coahuila, Tamaulipas, Sinaloa, Durango y Zacatecas para que se garanticen y cubran las necesidades básicas de alimentación , vivienda, educación, salud y recreación de las hijas e hijos menores, así como de la cónyuge o concubina que en la disolución de un matrimonio o concubinato ven vulnerado su derecho de recibir los recursos suficientes para cubrir sus necesidades.

 

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