Ley Agnes: ya hay cambio de género en actas de nacimiento

Por  Staff Puebla On Line / Foto Archivo: Agencia Enfoque | Publicado el 23-06-2021

La Ley Agnes se ha hecho oficial y han activado una ventanilla digital para comenzar el trámite de registro de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género autopercibida.

Al portal del Gobierno del Estado podrán acceder todas las personas mayores de 18 años que requieran cambiar de género, por su percepción o condición personal e interna, que puede corresponder o no al sexo asignado en el registro primario. El trámite cuesta 460 pesos.

Para ello deben de contar con los siguientes requisitos:

? Ser de nacionalidad Mexicana.

? Contar con 18 años de edad cumplidos.

? Haber sido inscrito el registro de nacimiento primigenio en cualquier Juzgado de la circunscripción territorial del Estado de Puebla.

? Acudir personalmente.

? Que el acta primigenia se encuentre en el sistema de impresión de actas (SIDEA).

? Copia fiel del libro de origen certificada del acta de nacimiento, con una vigencia no mayor a un año de expedición.

? CURP certificada.

? Identificación oficial vigente con fotografía (Credencial de elector, pasaporte, licencia de conducir, cartilla militar).

? Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.

? Dos testigos con identificación oficial vigente.

Una vez que cuenten con todos los documentos necesarios, debes ingresar al sistema de impresión de actas y verificar que tu primer acta de nacimiento se encuentre en www.gob.mx/ActaNacimiento, también puedes acudir a cualquier módulo del Registro Civil donde se impriman actas del sistema SIDEA.

Si el acta se encuentra en sistema entonces cumple con los siguientes pasos.

Paso 1: Deberá acudir personalmente con los requisitos establecidos, preferentemente al Juzgado donde se realizó el registro de nacimiento primigenio.

Paso 2: El Juez valorará la documentación que presente la persona solicitante, y procederá al llenado de la solicitud.

Paso 3: Se genera orden de cobro y el interesado deberá realizar el pago de derechos.

Paso 4: Una vez realizado el pago, el Juez emitirá la resolución.

Paso 5: Se procederá a realizar el levantamiento de la nueva acta de reconocimiento de identidad de género autopercibida.

 

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