Delitos sexuales no podrán prescribir en Puebla

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 12-11-2020

Los delitos sexuales en Puebla no prescribirán y, además, se castigará con prisión de dos a siete años a quien conozca de un caso contra menores de edad y no lo denuncie.

Así se establece en el dictamen que la tarde de ayer aprobó por mayoría la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso del Estado para reformar dos artículos del Código Penal.

La propuesta para el artículo 128 bis cita: “La prescripción para cualquiera de sus efectos será improcedente para los delitos de corrupción de menores e incapaces o de personas que no puedan resistir contempladas en la fracción I del artículo 217, pornografía de menores e incapaces, abuso sexual, estupro, hostigamiento, acoso sexual, violación, feminicidio y homicidio doloso”.

El artículo 278 octies quedará así: “Cualquier persona que tenga conocimiento de la comisión de alguno de los delitos sexuales siguientes: corrupción de menores e incapaces o de personas que no puedan resistir contempladas en la fracción I del artículo 217, pornografía de menores e incapaces, ciberacoso, violación a la intimidad sexual, abuso sexual, estupro, hostigamiento y acoso sexual; cometido contra niñas, niños y adolescentes, así como el delito de violación, y no acuda a la autoridad competente para denunciar el hecho y evitar la continuación de la conducta será castigada de dos a siete años de prisión”.

Fuente: Crónica

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