CDH Puebla emite recomendación por violación de derechos a alumnos de bachiller

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 01-10-2020

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) emitió la Recomendación 15/2020 dirigida al Secretario de Educación Pública del Estado por la vulneración a los derechos humanos a la seguridad jurídica, integridad y seguridad personal. 

Del análisis de las evidencias que integran el expediente 6298/2019, la CDH Puebla contó con elementos suficientes para acreditar la violación a los derechos humanos en agravio de estudiantes del Bachillerato General Estatal Blas Chumacero Sánchez, donde alumnos organizaron un enfrentamiento con guantes de box en el salón de clases sin autorización del personal docente, ya que fueron los mismos estudiantes los que llevaron los guantes y decidieron practicar dicho deporte, ingresando a la institución minutos antes de la hora de entrada establecida, sin que ninguna autoridad educativa supervisara el ingreso y se percatara del encuentro de box que se llevó a cabo. 

Se constató que, si bien la autoridad señalada como responsable realizó las acciones pertinentes para concientizar a los alumnos que participaron, mediante una reunión con los padres de familia, el personal docente y los representantes de la Brigada Escolar para el establecimiento de compromisos de los estudiantes infractores, no observó lo previsto en la Ley General de Educación que prevé medidas que aseguren la protección y cuidados necesarios para preservar la integridad física, psicológica y social de los educandos. 

Derivado de lo anterior, para este Organismo estatal defensor de los derechos humanos, quedó acreditado que las autoridades escolares, la Brigada Escolar y el tutor de grupo omitieron prevenir, vigilar y verificar el ingreso de los alumnos, con la finalidad de que éstos no ingresaran antes del horario establecido e introdujeran dos pares de guantes de box, aunado a que no justificó que acciones realizó para prevenir los hechos ya descritos; por lo que se procedió a recomendar lo siguiente:

I. Realizar un protocolo de seguridad que garantice al alumnado del Bachillerato Estatal, gozar de un ambiente seguro y libre de violencia dentro y fuera de la escuela. 

II. Instruya a fin de que se inicien los procedimientos administrativos correspondientes en contra de las y los servidores públicos involucrados ante el órgano Interno de Control de la SEP.

III. Emita una circular a través de la cual reitere la instrucción a las y los servidores públicos adscritos al Bachillerato General Estatal para que sujeten su actuar a lo establecido por el Orden Jurídico Mexicano, así como a los Tratados Internacionales suscritos y ratificados por el Estado mexicano y se abstengan de realizar actos u omisiones que atenten contra los derechos humanos a la seguridad jurídica, integridad y seguridad personal del alumnado.

IV. Brinde a las y los servidores públicos adscritos al Bachillerato General Estatal, capacitación relativa al respeto y protección de los derechos humanos, establecidos en la legislación local, estatal, nacional e internacional, principalmente los relacionados con la seguridad jurídica, integridad y seguridad personal de las  y los estudiantes con el fin de fomentar la constitución de redes de colaboración interinstitucionales para coadyuvar en la prevención y atención de la violencia escolar.

V. Desarrollar protocolos de actuación para directores, maestros, estudiantes y padres de familia con el propósito de prevenir, y en su caso, encauzar adecuadamente situaciones de violencia en el entorno escolar y propiciar que se proporcionen de inmediato los apoyos que se requieren. 

VI. Fortalecer los mecanismos de alerta temprana para identificar oportunamente las manifestaciones de violencia escolar, conocer sus causas, alcances y consecuencias, así como diseñar e implementar las estrategias para contribuir a su prevención y contención. 

VII. Organizar foros de consulta sobre temas relacionados con la violencia escolar y el uso adecuado de las instalaciones de las instituciones educativas. 

VIII. Incorporar en los programas de “Escuelas para padres de familia” herramientas que permitan dar atención a la violencia en el entorno escolar y en el seno familiar. 

IX. Impulsar la participación de los padres de familia y otros actores sociales en la vida cotidiana de los planteles, para desarrollar una comunicación continua y efectiva que propicie la prevención y atención de la violencia escolar y acompañen las trayectorias educativas de las y los alumnos.

Cada punto recomendatorio debe ser justificado por la autoridad señalada, debiendo informar del cumplimiento ante este organismo autónomo.

 

comments powered by Disqus

Servicios

f

TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS. PUEBLA PUEBLA