La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán sobre el derecho de réplica que pretendía ampliar ese derecho a la información verdadera.
Después de tres sesiones, por mayoría de ocho votos, la SCJN decidió turnar el caso a otro integrante del pleno para que elabore una nueva propuesta sobre las tres acciones de inconstitucionalidad presentadas contra la ley que regula el artículo sexto constitucional en materia del derecho de réplica.
La única determinación que tomaron, en la sesión del pasado lunes 7, fue que los partidos políticos están legitimados para inconformarse con la ley, pues dos de los recursos fueron interpuestos por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Movimiento Regeneración Nacional (Morena).
De acuerdo con una mayoría de siete ministros, los partidos políticos, candidatos y precandidatos también pueden ejercer el derecho de réplica.
A pesar de que la ley impugnada no regula procesos electorales, protege la imagen y reputación de quienes aspiran a un cargo de elección popular, así como la veracidad de la información publicada o difundida por la prensa relacionada con sus actividades político-electorales, por la trascendencia que puede tener en los procesos electorales, dijeron los ministros.
Pérez Dayán proponía que el derecho de réplica se ejerciera con independencia de que la información fuera “falsa o inexacta”, como establece la ley impugnada, sino que bastaba con que causara agravio.
En la discusión del pasado martes, seis de los ministros que intervinieron se pronunciaron por rechazar la ampliación de ese derecho a la información verdadera. Sin embargo, no hubo votación formal.
Las implicaciones de la información “falsa o inexacta” generaron la controversia que llevó a que se desechara el proyecto original.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) también presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de la ley que está vigente desde diciembre de 2015.