En apego a la normatividad, el Instituto Electoral del Estado realiza el monitoreo de las encuestas sobre preferencias electorales como lo marca el acuerdo INE/CG220/2014 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, que establece los lineamientos así como los criterios generales de carácter científico que deberán observar las personas físicas y morales que pretendan ordenar, realizar y/o publicar encuestas por muestreo, encuestas de salida y/o conteos rápidos que tengan como fin dar a conocer preferencias electorales.
En este sentido, el IEE da cumplimiento al llevar a cabo un monitoreo de publicaciones impresas sobre las encuestas por muestreo, encuestas de salida y/o conteos rápidos que tengan como fin dar a conocer preferencias electorales, con el objeto de identificar las encuestas originales que son publicadas y las que son reproducidas por los medios de comunicación impresos.
Esta información es reportada de manera mensual al Consejo General a través del informe que rinde la Secretaría Ejecutiva y se encuentra a disposición de los ciudadanos en el portal del Organismo www.ieepuebla.org.mx en el apartado denominado “Encuestas y Sondeos Electorales 2015-2016”.
En ese documento se refiere si las publicaciones cuentan con la información que deben publicar quienes dan a conocer los resultados de las encuestas como: objetivo, marco muestral, diseño muestral, método y fecha de recolección de la información, cuestionario o instrumentos, forma de procesamiento, estimadores e intervalos de confianza, base de datos, principales resultados y autoría y financiamiento. El plazo de entrega del estudio a la autoridad electoral es durante los cinco días naturales siguientes a la publicación de la encuesta.
Cabe mencionar que el 4 de marzo del presente año en las instalaciones del IEE se efectuó por parte de personal del INE un taller informativo con directores de medios impresos para darles a conocer el nuevo modelo para la regulación de encuestas electorales.