Puebla acepta 11 recomendaciones para frenar violencia hacia mujeres

Por  Staff Puebla On Line | Publicado el 28-06-2016

 

 

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) giró 11 recomendaciones al gobierno de Puebla en el marco de una solicitud de diversas organizaciones sociales para emitir una Alerta de Género en el estado a fin de frenar el elevado número de casos de violencia hacia mujeres, incluyendo los feminicidios.

 

Las recomendaciones buscan que Puebla cuente con un Diagnóstico Estatal de la situación y que se garantice el funcionamiento de un Banco Estatal de Datos sobre los casos de violencia de género.

 

También plantean la capacitación de los funcionarios en perspectiva de género y una modificación al protocolo de investigación del delito de feminicidio.

 

El secretario General de Gobierno, Diódoro Carrasco Altamirano, informó que Puebla aceptó dichas recomendaciones, mismas que habrán de ser cumplidas en un plazo de medio año.

 

Estas son las 11 recomendaciones en su versión resumida:

 

1.- Deberá elaborarse un Diagnóstico Estatal sobre los tipos y modalidades de violencia contra las mujeres, que busque identificar las problemáticas particulares de cada región, con el objetivo de implementar las acciones de prevención en la demarcación territorial.

 

2.- Ante la inexistencia de información sistematizada y confiable sobre la ocurrencia de eventos que constituyan cualquier tipo de violencia contra las mujeres, el Gobierno Estatal deberá garantizar el funcionamiento del Banco Estatal de Datos (CEDA), para que todas las instancias y dependencias de la APE suministren información en tiempo y forma sobre la situación de violencia contra las mujeres en la entidad.

 

3.- El Gobierno de Puebla deberá implementar una política en materia de comunicación social en la que se diseñen e implementen campañas permanentes con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interculturalidad dirigidas a la sociedad en su conjunto, para visibilizar los tipos y modalidades de violencia de género y prevenir la violencia contra las mujeres considerando que son acciones delictivas.

 

4.- Respecto a la sensibilización a los medios de comunicación en la materia, se deberán realizar las siguientes acciones:

 

a).- Realizar las acciones necesarias para sensibilizar a los medios de comunicación del Estado en materia de género, derechos humanos, respeto a las víctimas y violencia contra las mujeres.

 

b).- Promover a través de las universidades, la creación de un Observatorio de Medios de Comunicación Locales con el fin de determinar visiones sexistas y estereotipadas, prevenir la violencia de género e impulsar el respeto de los derechos humanos de las mujeres.

 

5.- Capacitación a las y los servidores públicos en materia de perspectiva de género y derechos humanos de las mujeres, así como en conocimientos especializados.

 

6.- Las leyes que deberán modificarse, ya que bajo su texto actual provocan sesgos de discriminación por lo que no se protegen los derechos de las mujeres; son las siguientes:

 

a).- Ley de Prevención, Atención y Sanción de la Violencia Familiar para el Estado de Puebla.

 

b).- Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Puebla.

 

c).- Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla.

 

d).- Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Puebla.

 

Asimismo, deberá elaborarse y publicarse el Reglamento de la Ley para Prevenir y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos en el Estado de Puebla.

 

7.- El Gobierno del Estado de Puebla deberá implementar una estrategia de vinculación con instituciones de educación superior para la prevención y detección de casos de violencia contra las mujeres.

 

8.- Respecto a la investigación de los delitos, las recomendaciones son las siguientes:

 

a).- Modificar el Protocolo de Investigación del Delito de Feminicidio, conforme a los más altos estándares en la materia y a las necesidades del sistema penal acusatorio-adversarial, el cual debe contener como mínimo el estudio del tipo penal en la entidad, las herramientas de actuación para acreditar las razones de género.

 

9.- En materia de infraestructura y recursos, las recomendaciones incluyen:

 

Fortalecer a las instituciones involucradas en materia de violencia contra las mujeres que incluya la distribución clara de competencias de esas instituciones conforme a la ley de acceso de la entidad.

 

10.- Realizar programas de capacitación efectivos en la aplicación de la NOM.046, en materia de derechos humanos y no discriminación con un enfoque de género e interculturalidad dirigido al personal del servicio de salud a fin de que desarrolle las habilidades y competencias necesarias para la aplicación de la norma y asegure un trato respetuoso.

 

11.- Dar publicidad y aplicar debidamente el Protocolo para la Aplicación de la Órdenes de Protección para las Mujeres Víctimas de Violencia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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