A partir de septiembre, la dependencia utilizará medios electrónicos para saber si tu contabilidad está correcta, o si estás evadiendo al fisco.
Conoce cómo funcionará este sistema, y no cometas errores:
1. Revisión de información:
La Reforma Fiscal de 2014 otorgó poderes al SAT para realizar revisiones electrónicas de la información que entregan los contribuyentes al organismo. Omisión de pagos, ingresos omitidos, determinación incorrecta, cálculo de retenciones y proveedores de riesgo. También diferencias con el Registro Patronal del IMSS, deducciones o acreditamientos indebidos y operaciones atípicas.
2. ¿Qué van a revisar?
El SAT evaluará en su sistema las facturas electrónicas que haya emitido el contribuyente, además de las bases de datos proporcionadas por dependencias o terceros.
3. ¿A quiénes auditará electrónicamente?
El nuevo sistema aplica para todos los contribuyentes, pero se centrará en aquellos que cometan irregularidades, respetando el mismo sistema que en una auditoría física.
4. ¿Cuál es el proceso?
· El SAT no notificará a los contribuyentes que están siendo auditados.
· Una vez que haya concluido la investigación, se enviará una notificación al Buzón Tributario del contribuyente donde se le detallará su adeudo (liquidación provisional) con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
5. ¿Por cuánto tiempo será la auditoria?
El contribuyente no será auditado permanentemente, sólo cuando sus movimientos sean inusuales y atípicos.
6. ¿Quién podrá defender al contribuyente?
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) de manera gratuita podrá ayudar al contribuyente en caso de que alguna irregularidad detectada sea un error del SAT. La procuraduría brinda asesoría y defensoría, y da seguimiento a los procedimientos de queja o reclamación.
7. ¿Qué proceso debe seguirse para una defensa?
· Después de que recibió su aviso de liquidación provisional, el contribuyente tiene 15 días para presentar pruebas a su favor en caso de que considere que hay un error en su auditoria. Si no presenta pruebas, el SAT emitirá una resolución final de adeudo.
· La Prodecon puede asesorar a la persona para presentar su acuerdo conclusivo.
“El acuerdo conclusivo es el mejor aliado del contribuyente para todos los efectos de la auditoría”, comenta Edson Uribe Guerrero, Subprocurador General de la Prodecon.
· El acuerdo conclusivo es una herramienta legal y una solución definitiva a tu problema, ya que da por terminada de manera anticipada la auditoría fiscal sin tener que esperar a que transcurran los cuatro meses que ésta puede durar o el tiempo necesario para que se notifique el adeudo fiscal correspondiente, explica el funcionario.
· La Prodecon envía un correo al SAT para que suspenda la revisión fiscal, explica Uribe.
· El acuerdo conclusivo se puede presentar de manera presencial en la Prodecon. El organismo ya trabaja en una plataforma para que pueda hacerse el proceso de forma digital, adelanta Uribe Guerrero a Expansión.mx.
· La Prodecon puede organizar mesas de trabajo entre los contribuyentes y el SAT para aclarar las inconformidades con la auditoría y regularizar la situación fiscal.
· De lograr un acuerdo conclusivo no se impondrá ninguna multa, ni de carácter formal ni de carácter sustantivo, indica la página web de la Prodecon.
“Los beneficios del acuerdo conclusivo permiten suspender la auditoría del SAT, transparentar la gestión del SAT y adquieres certeza jurídica para que no vuelvan a revisar lo mismo”, agrega el subprocurador.
El SAT se prepara para poner en marcha cerca de 5,000 auditorías electrónicas en medio de una caída de 33% de los ingresos petroleros en 2015.
Lo ideal es revisar constantemente el Buzón Tributario para estar atentos a este procedimiento, y así evitar multas y hasta penas de cárcel en casos extremos.