El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó como infundada la queja del aspirante al liderazgo panista, Javier Corral, quien se inconformó con la confirmación que hiciera la Comisión Jurisdiccional Nacional Electoral del Partido Acción Nacional del acuerdo de la Comisión de Afiliación del Consejo Nacional del citado partido político, relacionado con el Listado Nominal de Electores a utilizarse en la elección del presidente del Comité Ejecutivo Nacional.
Según los magistrados son “infundados e inoperantes” los agravios que argumentó el actor, sobre el “crecimiento atípico y afiliación corporativa del Listado Nominal” panista que será utilizado para los comicios internos del próximo domingo.
En el proyecto de sentencia se determina que la Comisión Jurisdiccional Electoral sí precisó los fundamentos y razones por las cuales la Comisión de Afiliación estaba impedida para pronunciarse respecto de supuesto crecimiento atípico del padrón electoral y la afiliación corporativa.
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